El Derecho de Familia abarca todas las situaciones jurídicas que se producen en el seno de una familia: desde la ruptura de una relación hasta la protección de los menores, pasando por la regulación de pensiones, custodias y tutelas.
Son procesos que afectan a las personas en momentos de especial vulnerabilidad, y por eso requieren algo más que conocimiento legal: requieren comprensión, criterio y experiencia.
En nuestro despacho, con sedes en A Coruña y Madrid, abordamos cada caso desde la escucha activa y el análisis riguroso de cada situación.
Buscamos siempre la solución que mejor proteja los intereses de nuestros clientes y, cuando hay menores implicados, su bienestar es siempre la prioridad.
¿Se encuentra en alguna de estas situaciones?
- Le preocupa cómo se está gestionando el régimen de custodia, las visitas o la comunicación con el otro progenitor
- Su hijo se niega a acudir con el otro progenitor y no sabe cómo actuar ante esta situación
- El otro progenitor incumple lo acordado o cambia unilateralmente la rutina diaria del menor
- Se está planteando un cambio de colegio, ciudad o domicilio que podría afectar emocionalmente a su hijo
- Le preocupa que el menor esté siendo presionado para tomar partido a favor de uno de sus progenitores
En todos estos casos podemos ayudarle a proteger el bienestar de su hijo y a defender sus derechos, buscando la vía más adecuada: el acuerdo entre las partes o el procedimiento judicial.
Divorcio y Separación
La ruptura matrimonial es uno de los procesos más complejos y emocionalmente exigentes a los que puede enfrentarse una persona. Nuestro objetivo es que nuestros clientes tomen las decisiones más importantes de este proceso con plena información y con la seguridad de contar con una defensa eficaz.
Divorcio de mutuo acuerdo
Cuando ambas partes alcanzan un acuerdo sobre las condiciones de la ruptura, el proceso es más ágil y menos costoso. Redactamos el convenio regulador —que recoge la distribución de bienes, custodia de los hijos, régimen de visitas, pensiones y el uso del domicilio familiar— y lo presentamos ante el juzgado competente. Asesoramos a nuestros clientes antes de firmar cualquier acuerdo para garantizar que protege adecuadamente sus derechos.
Divorcio contencioso
Cuando no es posible llegar a un acuerdo, o cuando los términos propuestos por la otra parte son perjudiciales para nuestro cliente o para los hijos comunes, defendemos sus intereses ante el juzgado. Elaboramos una estrategia procesal sólida, aportamos la prueba necesaria y actuamos con determinación en cada fase del procedimiento.
Medidas provisionales y urgentes
Desde el inicio de la separación pueden adoptarse medidas provisionales que regulen la situación familiar durante la tramitación del proceso: uso del domicilio familiar, custodia provisional, pensiones provisionales y régimen de visitas. Cuando la situación lo requiere, solicitamos medidas con carácter urgente para proteger a nuestros clientes y a sus hijos.
Modificación de medidas
Las circunstancias cambian. Un divorcio establecido años atrás puede necesitar ser revisado si varían las condiciones económicas, el lugar de residencia, las necesidades de los hijos o cualquier otro factor relevante. Tramitamos la modificación de las medidas acordadas en convenio o fijadas por sentencia.
Custodia de Menores
La custodia de los hijos es, con frecuencia, el asunto más sensible y determinante de cualquier proceso de ruptura familiar. Las decisiones que se tomen aquí afectarán directamente al desarrollo y bienestar de los menores. Nuestra doble formación jurídica y pedagógica nos permite abordar estas situaciones con una perspectiva que va más allá del estricto marco legal.
Custodia compartida
La custodia compartida implica que ambos progenitores participan de forma equitativa en la crianza y cuidado de los hijos. Para que esta modalidad favorezca el desarrollo integral del menor resultan indispensables un entorno adecuado y una mínima capacidad de comunicación entre los progenitores. Asesoramos sobre su viabilidad y la defendemos cuando es la opción más beneficiosa para el menor.
Custodia exclusiva o monoparental
La custodia exclusiva puede establecerse cuando ambos progenitores consideran que esta opción responde mejor a las necesidades familiares y alcanzan un acuerdo al respecto. También puede ser necesaria cuando existen circunstancias que aconsejan atribuir el cuidado cotidiano a uno solo de ellos, especialmente si hay factores de riesgo o una situación que pueda perjudicar el bienestar del menor.
Régimen de visitas y comunicaciones
El progenitor que no tiene la custodia conserva el derecho a relacionarse con sus hijos. Establecemos regímenes de visitas adaptados a la realidad de cada familia: horarios, vacaciones, comunicaciones telefónicas y cualquier otro aspecto que garantice el vínculo entre el menor y ambos progenitores.
Modificación y ejecución de la custodia
Cuando el progenitor custodio incumple el régimen de visitas, o cuando las circunstancias de los menores o de los progenitores han cambiado significativamente, actuamos para ejecutar lo establecido judicialmente o para solicitar la modificación de las medidas vigentes.
Pensión Alimenticia
La pensión de alimentos es la obligación económica que uno de los progenitores —o ambos, en proporción a sus ingresos— asume para contribuir al sostenimiento de los hijos. No se trata únicamente de cubrir la alimentación: incluye vivienda, educación, ropa, atención médica y todo lo necesario para el desarrollo adecuado del menor y del mayor de edad en algunos casos, si cumplen ciertos requisitos.
Fijación de la pensión
El importe de la pensión se determina atendiendo a las necesidades del menor y a la capacidad económica de ambos progenitores. Analizamos los ingresos, gastos y circunstancias de cada caso para solicitar una pensión justa y suficiente, aportando la documentación acreditativa necesaria ante el juzgado.
Modificación de la pensión
La pensión puede modificarse cuando cambian las circunstancias que justificaron su fijación inicial: variación de los ingresos de cualquiera de los progenitores, nuevas necesidades del hijo, o cualquier otra alteración sustancial. Tramitamos tanto el incremento como la reducción de la pensión según la situación de cada cliente.
Reclamación de impagos
El impago de la pensión de alimentos es una situación que tiene consecuencias tanto en el ámbito civil como en el penal. Actuamos de forma inmediata para reclamar las cantidades adeudadas y solicitar embargos.
Pensión compensatoria
Distinta de la pensión alimenticia, la pensión compensatoria tiene por objeto compensar el desequilibrio económico que la separación o el divorcio puede generar en uno de los cónyuges. Analizamos el derecho a percibirla o la obligación de abonarla, y defendemos la posición de nuestros clientes en cada caso.
Tutela y curatela
La curatela no equivale automáticamente a incapacidad ni permite privar a alguien de decidir sobre toda su vida.
-
Qué actos requieren intervención del curador.
-
Si la curatela será meramente asistencial —acompañar, explicar, facilitar la toma de decisiones y prestar consentimiento conjunto cuando proceda—.
-
Si, de forma excepcional, se atribuyen facultades representativas para actos determinados.
-
Qué salvaguardas, controles y duración proceden.
El criterio actual es que la persona conserve el máximo ámbito posible de autonomía. La curatela se caracteriza precisamente por su flexibilidad y por la asistencia/supervisión, no por una división rígida entre asuntos personales y patrimoniales.
Ejemplo: una persona puede gestionar su día a día, elegir residencia y administrar gastos ordinarios, pero requerir apoyo curatelar para vender una vivienda, aceptar una herencia, contratar financiación relevante o adoptar decisiones sanitarias especialmente complejas. La resolución judicial debe concretar esos actos, no imponer una representación indiscriminada.
Tutela y Guarda
La tutela y la guarda son figuras jurídicas de protección destinadas a quienes no pueden valerse por sí mismos, ya sea por minoría de edad o por discapacidad. Son instituciones que el ordenamiento jurídico prevé para garantizar el cuidado, representación y defensa de las personas más vulnerables.
Tutela
La tutela se constituye judicialmente para proteger y representar a quienes carecen de capacidad de obrar: menores no sujetos a patria potestad o personas con discapacidad que así lo requieran. El tutor asume la representación legal y la administración de los bienes del tutelado, bajo la supervisión del juzgado. Asesoramos en la constitución de la tutela, en las obligaciones del tutor y en cualquier incidencia que pueda surgir durante su ejercicio.
Guarda y acogimiento
La guarda es una medida de protección temporal mediante la cual la entidad pública de protección de menores asume el cuidado de un menor cuando sus progenitores o tutores no pueden atenderlo adecuadamente. Puede ir acompañada de acogimiento familiar o residencial. Asesoramos tanto a las familias que desean acoger a un menor como a los progenitores que se ven inmersos en un procedimiento de protección de menores.
Situaciones de desamparo
Cuando un menor se encuentra en una situación de desamparo —por ausencia de la guarda de hecho, por incumplimiento de los deberes de protección o por una situación de riesgo grave— la Administración puede intervenir y asumir su tutela automáticamente. Defendemos los derechos de los progenitores en estos procedimientos y les acompañamos en el proceso de recuperación de la guarda cuando las circunstancias lo permiten.
Modificación y extinción de la tutela
Las circunstancias que justificaron la constitución de la tutela pueden variar. Tramitamos la modificación del contenido de la tutela, la sustitución del tutor o su extinción cuando el menor alcanza la mayoría de edad o cuando cesa la causa que motivó su constitución.
